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VIVIENDA

Licencia de alquiler turístico en la Comunitat Valenciana: las reglas en 2026

Cinco años de validez, permiso de la comunidad obligatorio y multas de hasta 600.000 euros. Así funciona la licencia VT, y esto acaba de cambiar.

Milo Schuijt MILO SCHUIJT · 1 de septiembre de 2026 · 6 min de lectura
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Quien alquila su vivienda de la Costa Blanca a turistas se rige por la normativa de la Comunitat Valenciana. Se endureció con fuerza en agosto de 2024, y en mayo de 2026 el Supremo tumbó además el registro estatal de alquileres. Buena parte de lo que circula en internet está desfasado. Este es el estado actual: cuándo necesitas licencia, cómo conseguirla y dónde empiezan las multas.

¿Cuándo necesitas licencia?

La frontera está en la duración de la estancia. Si alquilas por reserva menos de 11 noches, la Comunitat lo considera alquiler turístico y necesitas la licencia VT (vivienda turística). Si alquilas por contrato de 11 noches hasta un año, por ejemplo a invernantes, es alquiler de temporada y no exige licencia turística. Más de un año ya es arrendamiento de vivienda con protección al inquilino.

La licencia va por vivienda y solo para viviendas completas: el alquiler turístico por habitaciones está prohibido en la Comunitat.

Las reglas desde agosto de 2024

El decreto valenciano en vigor desde el 2 de agosto de 2024 endureció los puntos clave:

  • Cinco años de validez. La licencia VT dura cinco años y después se renueva; la solicitud se presenta al menos un mes antes de caducar.
  • Permiso de la comunidad. Las licencias solicitadas después del 2 de agosto de 2024 exigen autorización escrita de la comunidad de propietarios. Las anteriores quedan exentas.
  • Empezar en dos meses. Concedida la licencia, hay que empezar a alquilar en un plazo de dos meses.
  • Número en cada anuncio. El número VT debe figurar en todos tus anuncios, también en Airbnb y Booking.
  • Régimen transitorio. Las licencias de entre 2018 y agosto de 2024 tienen hasta 2030 para adaptarse.

Ojo: los ayuntamientos pueden añadir restricciones propias. Varios municipios limitan por barrio o han suspendido nuevas licencias. Consulta siempre primero en el ayuntamiento.

El registro estatal: obligatorio y anulado

Caja de seguridad con codigo para llaves de alquiler vacacional

Junto a la licencia autonómica llegó el 1 de julio de 2025 un número de registro estatal (NRUA), obligatorio para anunciarse en plataformas. No duró: el Tribunal Supremo anuló la obligación el 21 de mayo de 2026 (sentencia 620/2026) por invadir competencias autonómicas. Para ti significa que el número estatal ya no es exigible, pero el registro valenciano y tu licencia VT siguen plenamente vigentes. Las plataformas siguen además obligadas a compartir datos con la administración; alquilar por debajo del radar no es una estrategia.

Cómo solicitar la licencia

La ruta en cuatro pasos:

  • 1. Consulta el ayuntamiento. Pregunta si tu vivienda puede optar y si hay restricciones locales; las solicitudes nuevas requieren informe de compatibilidad urbanística.
  • 2. Consigue el permiso de la comunidad si vives en un edificio.
  • 3. Presenta la solicitud ante la Generalitat, hoy por vía digital. La vivienda debe cumplir los requisitos de equipamiento, del botiquín a la información de evacuación.
  • 4. Recibe tu número VT y ponlo en cada anuncio. Apunta la fecha de caducidad y pide la renovación con al menos un mes de margen.

Una gestoría especializada tramita el proceso por unos cientos de euros y conoce las particularidades locales.

Multas: de 10.000 a 600.000 euros

La inspección va en serio desde hace un par de años. Alquilar sin licencia, con licencia caducada o anunciar sin número constituye infracción, con multas desde unos 10.000 euros hasta 600.000 en los casos graves. Los inspectores rastrean las plataformas y los vecinos descontentos conocen bien el camino al ayuntamiento.

¿Sigue mereciendo la pena?

Villa en la Costa Blanca

Para muchos propietarios sí, pero la cuenta ha cambiado: requisitos más duros, topes locales e inspección real obligan a hacerlo bien o no hacerlo. La alternativa merece una mirada honesta: el alquiler de temporada de 11 noches a un año no exige licencia turística y encaja con los invernantes, un público que en esta costa sobra. Menos rotación, menos líos, ingresos más estables.

¿Aún no tienes vivienda pero cuentas con alquilarla? Incluye las opciones de licencia de la dirección concreta en tu decisión de compra; nuestra guía de comprar casa en España cubre el resto y la guía de costes te da los números anuales.

Fuentes: Generalitat Valenciana (decreto de viviendas turísticas, en vigor desde el 2 de agosto de 2024), sentencia del Tribunal Supremo 620/2026 (21 de mayo de 2026), Idealista. Publicado el 1 de septiembre de 2026; la normativa cambia, verifica en tu ayuntamiento y la GVA.

Milo Schuijt
Sobre el autorMilo Schuijt

Milo Schuijt es empresario y DJ en la Costa Blanca. Escribe sobre los lugares donde vive, trabaja y pincha: los conoce de primera mano.

Créditos de las imágenes

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