Tres reglas sobre casarse en España en las que las guías se equivocan
Quien busca información sobre casarse en España encuentra páginas que se copian entre sí. Tres puntos han quedado desfasados de forma demostrable, y los tres cuestan dinero o tiempo.
1. La partida de nacimiento no necesita apostilla
Desde el 16 de febrero de 2019 se aplica un reglamento europeo sobre documentos públicos. Las certificaciones de nacimiento y matrimonio, entre otras, se aceptan entre países de la UE sin apostilla.
Además se puede pedir al propio ayuntamiento un impreso estándar multilingüe que recoge el contenido en todas las lenguas de la UE, de modo que en principio no hace falta traducción jurada.
Ojo con lo que la norma no hace: regula la autenticidad del documento, no el reconocimiento de sus efectos jurídicos.
2. El juez de paz ya no figura en la ley
Muchas guías dicen que un juez de paz puede casaros. En la redacción vigente del artículo 51 del Código Civil no aparece entre quienes pueden celebrar un matrimonio civil.
Esa lista nombra al alcalde o concejal en quien delegue, al letrado de la Administración de Justicia o a un notario libremente elegido, y al funcionario consular en el extranjero.
Es así desde que la Ley del Registro Civil entró plenamente en vigor el 30 de abril de 2021. El artículo se modificó después, con efectos del 3 de abril de 2025.
3. España fija vuestro régimen económico
Este es el punto más caro y no sale en casi ninguna guía de bodas.
La resolución que cierra el expediente previo no solo acredita que podéis casaros, sino también qué régimen económico matrimonial se aplica. Ese régimen se inscribe en el registro junto al matrimonio.
Si no hay capitulaciones matrimoniales, se inscribe el régimen supletorio del derecho aplicable. No tiene por qué ser lo que creíais haber acordado, y en un divorcio, una herencia o la compra de una casa se nota la diferencia.
Qué hacer con esto
Pedid la partida de nacimiento con el impreso multilingüe y no paguéis una apostilla que no hace falta.
Preguntad en el ayuntamiento o en el registro quién oficiará antes de fijar fecha y lugar, porque quién tramita condiciona dónde os casáis.
Y hablad con un notario o abogado sobre qué ley rige vuestro régimen económico antes de que se cierre el expediente.
La guía completa
Todos los pasos están en nuestra guía sobre casarse en España siendo extranjero: qué matrimonio cuenta, quién puede celebrarlo, qué papeles hacen falta, qué cuesta y cómo inscribirlo fuera.
Lo demás que necesitáis en España está en nuestra guía del NIE y en la del empadronamiento.
Créditos de las imágenes
- El ayuntamiento de Altea de noche: foto PiotrMig vía Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0. Tomada el 20 de enero de 2023. Recortada a formato horizontal. Imagen de archivo.

LEONIE